Atribución de la vivienda, vivienda familiar en Unión convivencial, sin límite de dos años.

En el caso S.V. c/ P. C. J. s/ Atribución de vivienda familiar, obtuvimos una sentencia de gran trascendencia.

El Juzgado de Familia N.º 1 de Ituzaingó resolvió atribuir el uso del hogar familiar a la progenitora y a su hijo menor, declarando inaplicable el límite de dos años previsto en el art. 526 del Código Civil y Comercial. La jueza entendió que aplicar dicho tope generaría un trato discriminatorio entre los hijos nacidos dentro del matrimonio (art. 443 CCyC, sin límite) y los de uniones convivenciales, vulnerando el principio de igualdad y el interés superior del niño

sentencia

El demandado apeló, cuestionando la valoración de la prueba, el reconocimiento del rol de la actora en la vida familiar, su supuesta capacidad económica, y principalmente la inconstitucionalidad declarada del art. 526. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Morón, Sala I, confirmó íntegramente el fallo.

En su análisis, la Cámara señaló que:

  • El centro de vida del niño debía ser protegido por sobre cualquier interés patrimonial de los adultos.
  • El ofrecimiento del demandado de cubrir un alquiler no resultaba una alternativa suficiente ni adecuada.
  • El plazo de dos años del art. 526 no puede aplicarse mecánicamente cuando compromete derechos de niños, niñas o adolescentes, pues supondría una desigualdad respecto de los hijos matrimoniales.
  • La atribución del hogar familiar, en estos casos, constituye una medida de protección integral, no una mera cuestión patrimonial, y debe extenderse hasta la mayoría de edad del hijo

🔑 Lo novedoso del caso

  • Se declara inaplicable el plazo de dos años del art. 526 CCyC, priorizando la protección del niño.
  • Se confirma en segunda instancia, consolidando el criterio de que la vivienda integra el derecho alimentario y no puede ser restringida artificialmente.
  • Se aplica una interpretación con perspectiva de niñez y no discriminación entre diferentes tipos de filiación.

📄 Descargar sentencia de Cámara.https://saucedo-asociados.com.ar/producto/cuando-el-hogar-es-lo-primero-la-justicia-declaro-inaplicable-el-plazo-de-dos-anos-para-la-vivienda-familiar-%e2%9d%a4%ef%b8%8f/

📄Descargar sentencia de primera instancia. https://saucedo-asociados.com.ar/producto/despues-de-la-separacion-logro-conservar-su-hogar-la-justicia-reconocio-la-vivienda-familiar-en-una-union-convivencial-%f0%9f%8f%a1%f0%9f%92%aa/